Se trata de seis contratos de consultoría que habrían sido suscritos el mismo día (4 de junio de 2009) con tres personas diferentes, los cuales tenían el mismo objeto contractual que consistió en realizar el estudio de vulnerabilidad y refuerzo sísmico en instituciones educativas del municipio de Jamundí, eludiendo el procedimiento de selección objetiva.
El pliego de cargos señala que la señora Escobar Bonilla habría desconocido el proceso definido para la selección de consultores, como el concurso de méritos mediante convocatoria pública, al suscribir los contratos proyectados con el mismo fin, pero al parecer dividiéndolos artificialmente para maniobrar con los montos de las cuantías para la contratación en lugar de realizar un solo proceso de selección de contratistas.
La falta fue calificada provisionalmente por el Ministerio Público como gravísima a título de culpa, teniendo en cuenta que habría desconocido la exigencia sobre el deber de selección objetiva mediante la realización del concurso de méritos para seleccionar al consultor, dada la cuantía.
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